viernes, 21 de septiembre de 2007

AMPARO: HACER LUGAR!

Estimados Vecinos,

A continuación, les dejamos el texto por el cual se expidió la justicia con relación a nuestro reclamo vecinal. Consideramos es un hecho importante no solo para el barrio, sino también para el cumplimiento de la ley en nuestra ciudad y nuestro país. SE HIZO JUSTICIA
Ahora tan solo resta preparar información y estudios técnicos para la audiencia pública y otras instancias futuras.
Necesitamos: fotos de inundación y tránsito, polizas de seguros, descuentos en ABL por inundación, deterioro de asfalto (hundimiento, etc). Por favor, remitirlo a:
olazabalylavia@yahoo.com.ar o bien comunicarse con nosotros por este medio o teléfono.

Saludos
VECINOS AUTOCONVOCADOS DE BELGRANO R

“EPSZTEYN EDUARDO EZEQUIEL Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE AMPARO (ART. 14 CCABA)” , EXPTE: EXP 26455 / 0 Ciudad de Buenos Aires, 20 de septiembre de 2007.- ju VISTOS Y CONSIDERANDO: I.- A fojas 1/11 se presentan los Sres. e inician una acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, con el objeto de que se revoque el Decreto Nº 664/07, así como sus antecedentes referidos a la Licitación Pública Nº 1078/06 de la Obra “Ejecución del Proyecto de Detalle y Constitución de los Cruces Bajo Nivel de Olazábal y Av. Monroe con vías del Ferrocarril Urbano de Transporte de Pasajeros Explotados Actualmente por Trenes de Buenos Aires S.A., Ramal J. L. Suárez (Ex FFCC Mitre)” (Expte 41121/2006), así como los actos dictados en consecuencia -contrato celebrado con fecha 8 de junio entre la demandada y la firma Fontana Nicastro S.A.-Luciano S.A. UTE-. También pretenden que se revoque la Resolución Nº 314-MMAGC-07 referida a la Evaluación del Impacto Ambiental de la mencionada obra; y que se declare la inconstitucionalidad de las disposiciones de las normas referidas, así como de los antecedentes que les sirven de base, por considerar que resultan ilegítimas, arbitrarias, irrazonables e incausadas.- Invocan el carácter de habitantes y vecinos de la Ciudad de Buenos Aires y aducen estar plenamente legitimados para promover la acción con referencia a los derechos e intereses colectivos afectados, por tratarse de una medida que afecta directamente el ambiente de la Ciudad avasallando espacios o áreas protegidas y destruyendo el patrimonio natural, urbanístico y arquitectónico de la misma, así como la calidad visual y sonora sin analizar la conveniencia y beneficios de la nueva obra en el marco de la participación, el debate y la información ciudadana.- Afirman que la presentación se encuentra motivada en la ilegítima y arbitraria decisión adoptada por el GCBA de llevar adelante mediante licitación pública una obra pública en flagrante incumplimiento de lo dispuesto por la Constitución Nacional, la Constitución de la Ciudad, Leyes Nacionales como la Ley General del Ambiente Nº 25.675; Leyes de la Ciudad como la Ley Nº 123 y la Ley Nº 1747, tendientes a la protección del ambiente y a la participación ciudadana.- Señalan que el Decreto Nº 664/07 aprobó la adjudicación de la Licitación Pública Nº 1078/06 y que la materialización de la obra fue propuesta por la Dirección General de Obras Viales, dependiente del Ministerio de Planificación y Obras Públicas de la Ciudad, conforme las actuaciones administrativas Nº 41.121/06.- Resaltan que la Dirección General de Vialidad solicitó la realización y contratación de la obra formulándola como de ALTA PRIORIDAD Y JUSTIFICACION, basada en la necesidad de mejorar la seguridad vial y peatonal.- Aseveran que, durante el llamado a licitación efectuado mediante Resolución Nº399/06, y ante el pedido de aclaración del pliego por uno de los compradores se efectuó estudio de los suelos de los Pasos Bajo Nivel de Monroe, Olazábal y Superí con la vías de T.B.A., con informes elaborados por la consultora “Verdé & Asociados S.A.”, los que denotan el grave o relevante impacto ambiental de la obra referenciada.- Denuncian violación a la Ley de Procedimientos Administrativos, y a las leyes de Obra Pública y de Estudio de Impacto Ambiental. Manifiestan que la Resolución que otorga la Declaración de Impacto Ambiental Nº 314-MMAG-07, categoriza la obra aquí cuestionada como de RELEVANTE EFECTO AMBIENTAL en los términos de la Ley Nº 123, en el marco de las actuaciones Nº 70.576/06 del Ministerio de Medio Ambiente, no obstante lo cual se expidió el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL, bajo el Nº 5497.- Manifiestan que así se remitieron las actuaciones a la Dirección de Legales y Técnica y a la Procuración General, que mediante Dictamen PG Nº 57317 del 17 de abril de 2007, formula observaciones, reiterando que: “...antes de proceder a la adjudicación proyectada, deberá verificarse si el Certificado de Aptitud Ambiental que corre agregado a fs. 1144, y la Resolución Nº 314-MMAGC-07, que en copia obra a fs. 1145/1147, trasuntan en efectivo cumplimiento de la totalidad de los pasos y requerimientos a los que se hace referencia en la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental en su art. 9.” Ello, luego de destacar lo estipulado por el art. 30 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires en cuanto a la obligación de realizar la evaluación de impacto ambiental con carácter previo a todo emprendimiento público o privado susceptible de producir relevante efecto y su discusión en audiencia pública.- Afirman que ante ello, el Director General de Obras Viales, emite un informe donde deja constancia de que el Certificado de Aptitud Ambiental y las medidas de mitigación de contingencias fueron incluidas en los Pliegos de Condiciones y que tales medidas cumplen la totalidad de los pasos y requerimientos de la Ley Nº 123, en su art. 9.- Sostienen que de los antecedentes reseñados no surge que se haya dado “pleno cumplimiento al procedimiento de evaluación del impacto ambiental previsto por la Ley Nº 123, en sus distintas etapas y facetas”, ya que de las actuaciones Nº 41121, del Certificado de Impacto Ambiental, de la Declaración Nº 314/07 y del Expediente Nº 70576/2006 no surge la convocatoria a Audiencia Pública exigida por el art. 30 de la Constitución de la Ciudad y el art. 26 de la Ley Nº 123, pese a su clasificación de RELEVANTE EFECTO AMBIENTAL.- Destacan también que, de las normas citadas surge que, por la trascendencia de las obras se encuentra expresamente prohibido otorgar la declaración de impacto ambiental sin la Audiencia Pública referida y que esa audiencia debe efectuarse en forma previa a la emisión del certificado de Aptitud, aún en casos como el presente donde se manifiesta que la obra se encuentra proyectada desde 1985.- Remarcan que no se discute la realización de la obra y su necesidad, lo que requiere de un nivel de debate que escaparía a la presente acción, sino que mediante el procedimiento seguido no se permitió el acceso y participación de los ciudadanos y en especial de los vecinos de la zona que se encuentran directamente vinculados y afectados con su construcción.- En este contexto, solicitan como medida cautelar la suspensión de los efectos del Decreto Nº 664/07 que adjudica la referida obra a la firma Fontana Nicastro S.A. - Luciano S.A., y en especial la ejecución de la obra, hasta tanto se produzca la Audiencia Pública prevista por el art. 30 de la Constitución de la Ciudad, y las Leyes Nº 123 y Nº 1747 de la Ciudad.- II.- Así planteada la cuestión, y dentro del acotado margen de conocimiento que admiten las medidas cautelares, cabe examinar si se reúnen los recaudos que permitan acceder a la aquí solicitada, a la luz del art. 15 de la Ley Nº 2145 -aplicable al caso- y de las disposiciones generales del Código Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires en la materia.- Cabe precisar que el art. 15 de la ley citada admite en el proceso de amparo las medidas cautelares que resulten necesarias para asegurar los efectos prácticos de la sentencia definitiva y establece como requisitos necesarios para su otorgamiento la acreditación simultánea de los siguientes presupuestos: a) verosimilitud del derecho; b) peligro en la demora; c) no frustración del interés público y d) contracautela.- Asimismo, el Código Contencioso Administrativo y Tributario -aplicable supletoriamente en virtud del art. 28 de la Ley Nº 2145- establece una serie de linemientos relativos al instituto cautelar. Al respecto, el art. 177 CCAyT dispone que las medidas cautelares son todas aquellas que tienen por objeto garantizar los efectos del proceso, incluso aquéllas de contenido positivo y la suspensión de la ejecución del acto administrativo impugnado, o del hecho o contrato implicado en éste, aunque coincida con el objeto sustancial de la acción promovida.- A su vez, del art. 189 del mencionado código, interpretado en consonancia con el artículo 177, se desprende que para otorgar la suspensión de los efectos de un hecho, acto o contrato administrativo como medida cautelar debe cumplirse alguno de los siguientes requisitos: 1- la posibilidad de que el actor sufra un grave daño y que de la suspensión no resulte grave perjuicio para el interés público; 2- que el acto de la administración ostente una ilegalidad manifiesta (de modo que la verosimilitud en el derecho alegado aparezca con la suficiente intensidad como para prever un posible pronunciamiento favorable a la pretensión de fondo); o 3- que la ejecución del acto tuviera como consecuencia mayores perjuicios que su suspensión.- Ahora bien, la Corte Suprema de Justicia de la Nación tiene dicho que: “Si bien el dictado de medidas cautelares no exige un examen de certeza sobre la existencia del derecho pretendido, pesa sobre quien las solicita la carga de acreditar prima facie la existencia de la verosimilitud del derecho invocado y el peligro irreparable en la demora, ya que resulta exigible que se evidencien fehacientemente las razones que las justifican” (v. CSJN, 16-7-96, “Líneas Aéreas Williams SA c/ Catamarca, Prov. de s/ Interdicto de retener”, citado en Revista de Derecho Procesal 1, Buenos Aires, Rubinzal-Culzoni Editores, 1999, pág. 405). “Por ello, la viabilidad de las medidas precautorias se hallan supeditadas a que se demuestre la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora” (v. CSJN, 23-11-95, “Grinbank c/ Fisco Nacional”; íd., 25-6-96, “Pérez c/ Estado Nacional s/ Acción declarativa de inconstitucionalidad”; íd., 16-7-96, “Frigorífico Litoral Arg. c/ DGI s/ Declaración de certeza”, op. cit., pág. 405).- III.- Bajo estas premisas, a fin de evaluar la procedencia del pedido de tutela anticipada que se requiere, es necesario, en primer lugar, verificar si asiste un derecho verosímil a los amparistas.- La parte actora sostiene que la licitación pública para la obra “Ejecución del Proyecto de Detalle y Constitución de los Cruces Bajo Nivel de Olazábal y Av. Monroe con Vías del Ferrocarril Urbano de Transporte de Pasajeros Explotados Actualmente por Trenes de Buenos Aires S.A., Ramal J. L. Suárez (Ex FFCC Mitre)”, fue efectuada en forma irregular. Ello, por cuanto no se cumplieron todas las etapas del procedimiento técnico-administrativo de evaluación de impacto ambiental previstos por la Ley Nº 123 y sus modificatorias, habiéndose omitido la celebración de la Audiencia Pública con participación de los interesados.- Como lo ha señalado la Corte Suprema de Justicia de la Nación, “el juicio de verdad en esta materia se encuentra en oposición a la finalidad del instituto cautelar, que no es otra que atender a aquello que no excede del marco de lo hipotético, dentro del cual , asimismo, agota su virtualidad” (in re “Iribarren”, del 22/12/92, citado; y causa O.148.XXV "Obra Social de Docentes Particulares c/ Provincia de Córdoba s/ Inconstitucionalidad", del 15/2/94).- Ahora bien, dicha verosimilitud debe ser apreciada con estrictez cuando la admisión de la medida cautelar solicitada se opone al principio de presunción de validez de los actos estatales (conf. CSJN in re "Arizu, Enrique e hijos SA c/ Provincia de Mendoza", Fallos 307:2267; CN Cont. Adm. Fed., Sala IV "Playas Subterráneas SA c/ EN", del 10/5/92). Por lo tanto, el análisis apunta a establecer si está en juego un derecho verosímil, es decir, si aparece como jurídicamente aceptable la posición material de la parte que solicita la tutela cautelar (v. Comadira, Julio, Derecho Administrativo, Buenos Aires, Abeledo Perrot, 1996, pág. 202).- III.1.- En este punto, debe señalarse que el art. 30 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece la obligatoriedad de la evaluación previa del impacto ambiental de todo emprendimiento público o privado susceptible de relevante efecto y su discusión en audiencia pública.- Por su parte la Ley Nº 123 regula el procedimiento técnico administrativo de Evaluación del Impacto Ambiental (EIA). En su artículo 9º establece las distintas etapas que deben ser cumplidas para los supuestos en que se produce un impacto ambiental de relevante efecto (art. 8º). Estas son: a) presentación de la solicitud de categorización; b) categorización de las actividades; proyectos, programas con relevante efecto; c) presentación del manifiesto del Impacto Ambiental acompañado de un estudio técnico de impacto ambiental; d) el dictamen técnico; e) la audiencia pública de los interesados y potenciales afectados; f) la declaración de impacto ambiental (DIA) y g) el certificado de aptitud ambiental. A su vez el art. 26 de la ley citada establece que, finalizado el análisis de las actividades o proyectos, programas o emprendimientos categorizados como de relevante efecto ambiental y elaborado el dictamen técnico por parte de la autoridad de aplicación, el Poder Ejecutivo convoca en el plazo de diez días hábiles a Audiencia Pública Temática de acuerdo a los requisitos establecidos en la Ley Nº 6.- En esta última ley, que regula el instituto de la audiencia pública, se define como audiencia temática la que se convoque a efectos de conocer la opinión de la ciudadanía respecto de un asunto objeto de una decisión administrativa o legislativa.- De conformidad con la prueba por ahora existente en este estado embrionario del proceso, se advierte que la Resolución Nº 314-MMAGC-2007, en su motivación alude, entre otros extremos, a la depresión de la napa freática, al entorno que corresponde a una zona predominantemente residencial, destacando que “la población se verá afectada negativamente en las actividades cotidianas en general y en especial la actividad comercial”; que “el paisaje sufrirá un cambio significativo por el agregado del túnel que modifica la topografía de un tramo de aproximadamente tres cuadras y la pérdida de ejemplares arbóreos”. Finalmente se menciona que el área técnica de la Dirección General de Política y Evaluación Ambiental “recomienda categorizar la actividad como Con Relevante Efecto Ambiental” (ver fs. 293/295).- En ese contexto y más allá de que se hayan incorporado al pliego de condiciones requisitos necesarios para evitar o minimizar los posibles impactos negativos, como se expresa en el art. 2º, de la citada Resolución y que se haya otorgado la Declaración de Impacto Ambiental con el encuadre del art. 40 de la Ley Nº 123 relativo a las sanciones que pueden recaer sobre los responsables de los emprendimientos de Impacto Ambiental con relevante efecto, nada se ha manifestado respecto a la etapa prevista en el inciso e) del art. 9º de la ley, referido a la Audiencia Pública de los interesados y potenciales afectados.- Ello, en principio, podría interpretarse como una irregularidad en el proceso relativo a la expedición del certificado de Aptitud Ambiental. En efecto, no debe soslayarse que según lo dispuesto por el art. 8º de la ley bajo análisis “Las actividades, emprendimientos, proyectos y programas susceptibles de producir un impacto ambiental de relevante efecto, deberán cumplir con la totalidad del Procedimiento Técnico Administrativo de EIA” (conf. art. 3º de la Ley Nº 452, BOCBA Nº 1025 del 12-9-2000).- III.2.- Por otra parte, en lo relativo a la categorización del impacto ambiental de la obra que aquí nos ocupa, -como se dijo- el Ministerio de Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires otorgó el Certificado de Aptitud Ambiental Nº 5497 (v. fs. 292), con la categorización de obra como “con relevante efecto ambiental”.- Al respecto, cabe mencionar que, en principio, el art. 30 de la CCBA y el art. 26 de la Ley Nº 123 otorgan verosimilitud a la postura de los actores en cuanto a que se debería haber convocado a la Audiencia Pública Temática prevista en la Ley Nº 6.- III.3.- Por las razones hasta aquí esgrimidas y de conformidad con la normativa legal y constitucional referenciada, se estima que la verosimilitud en el derecho puede tenerse por configurada, al menos en esta etapa inicial del proceso, y en cuanto a la alegada existencia de una irregularidad por omisión de llevar a cabo una audiencia pública.- A mayor abundamiento, cabe señalar que en anteriores precedentes de aristas similares a las de autos se ha pronunciado la Sala II de la Cámara de Apelaciones del fuero confirmando las medidas cautelares dictadas en primera instancia en los que, en un caso, se suspendió la Resolución que preveía la demolición con explosivos de la ex cárcel de Caseros por no haberse acreditado en esos autos la celebración de la audiencia pública en forma previa a su dictado (in re “Flores Patricia Alejandra y otros c/ GCBA y otros s/ amparo (art. 14 CCABA)” expte. 11989/0, sentencia interlocutoria del 14/9/2004), y en otro, donde se suspendieron los actos de apertura de sobres de ofertas relativos a licitaciones públicas para la construcción de viviendas estando cuestionada la categorización de la obra en cuanto al efecto ambiental y la consecuente necesidad de realización de Audiencia Pública (in re “III República de La Boca c/GCBA s/ Otros Procesos Incidentales”, sentencia interlocutoria del 16/02/05).- IV.- Por otra parte, también corresponde evaluar el peligro en la demora.- El art. 177 del Código adjetivo se refiere genéricamente a la adopción de medidas "urgentes" por parte del tribunal. Dicha "urgencia" se vincula con la posibilidad de que el derecho del actor pueda sufrir un perjuicio irreparable o inminente antes del dictado de la sentencia.- Precisamente la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha señalado que "el examen de la concurrencia del peligro en la demora pide una apreciación atenta a la realidad comprometida con el objeto de establecer cabalmente si las secuelas que lleguen a producir los hechos que se pretenden evitar puedan restar eficacia al reconocimiento del derecho en juego, operado por una posterior sentencia” (autos "Milano c/ Estado Nacional - Ministerio del Trabajo y Seguridad Social s/ recurso extraordinario", del 11-7-96, en Revista de Derecho Procesal, 1, Buenos Aires, Rubinzal-Culzoni, 1999, pág. 410).- En el presente caso, la presencia del requisito del peligro en la demora resulta evidente, pues es dable concluir que la ejecución de la obra sin el cumplimiento de la celebración de la Audiencia Pública podría redundar en un perjuicio a los vecinos de la zona en cuestión, quienes no han tenido oportunidad de participar y hacer oir su opinión en una cuestión que hace a sus derechos. En particular se ve afectado su derecho de participación ciudadana -de consagración constitucional- en temas que podrían afectar su calidad de vida.- En este sentido, se ha decidido que aunque el objeto de la cautelar pretendida se identifique con la pretensión sustancial del amparo, ello no es óbice para aceptar la primera, toda vez que concurre una hipótesis en la cual la dilatación en el tratamiento de la cautela o su negación conduciría a una situación irreversible (cfr. en este sentido Cám. Nac. de Apel. Cont. Adm. Fed., Sala V, “Díaz, Carlos J. c/ Poder Ejecutivo Nacional” del 01/10/2001).- Dadas las circunstancias de autos, en este balanceo entre el interés público gestionado por la Administración y el interés colectivo defendido por los actores, la suspensión de los efectos del acto administrativo en cuestión se presenta como una medida necesaria para compatibilizar ambos intereses hasta tanto el tribunal pueda evaluar la procedencia de la demanda interpuesta, con el debido respeto del principio de bilateralidad del proceso.- Por las consideraciones expuestas RESUELVO: 1) HACER LUGAR a la medida cautelar solicitada, ordenando al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la suspensión de los efectos del Decreto Nº 664/07 correspondiente a la Licitación Pública Nº 1.078/06, y la consecuente ejecución de la obra hasta tanto exista en autos sentencia definitiva firme o, en su caso, se convoque la Audiencia Pública prevista en el art. 26 de la Ley Nº 123. 2) Atento a la naturaleza colectiva de los derechos en juego, no se exigirá contracautela a los actores. Regístrese y notifíquese a las partes por Secretaría y a la empresa adjudicataria, previa denuncia en autos de su domicilio real. Asimismo, y a fin de posibilitar el oportuno cumplimiento de la presente medida, comuníquesela mediante oficio a diligenciarse en la Procuración General de la Ciudad.-

viernes, 14 de septiembre de 2007

Boletín Informativo N°1, Septiembre 2001



Estimados Vecinos,
Les adjuntamos un boletín informativo en donde informamos brevemente lo actuado hasta el momento. Cualquier duda no duden en comunicarse con nosotros.

Vecinos Autoconvocados de Belgrano R
olazabalylavia@yahoo.com.ar
















miércoles, 12 de septiembre de 2007

REUNION VECINAL 15-9-2007 11.30hs

5° REUNIÓN VECINAL
SÁBADO 15 DE SEPTIEMBRE
11.30HS
FREIRE Y OLAZÁBAL
TEMAS:
> Informe sobre el Amparo presentado.
> Medidas a seguir frente a Audiencia Pública
> Comunicación con Vecinos de Villa Urquiza y Núñez.
> Otros
Los esperamos

VECINOS AUTOCONVOCADOS DE BELGRANO R

martes, 11 de septiembre de 2007

Informe GCBA-Pasos a Nivel

Queridos Vecinos,
Acá agregamos un extracto del informe elaborado por el GCBA en relación con los pasos a nivel. Incluye texto y planos.
El archivo debe ser bajado del link que figura acá abajo.

http://rapidshare.com/files/55011050/Paso_a_Nivel_-_Impacto_AmbientalGCBA.doc.html

Asimismo, se pueden solicitar fotocopias del mismo. Por favor escribir un comentario con el mail para tal fin.
Gracias


Vecinos Autoconvocados de Belgrano R

lunes, 10 de septiembre de 2007

COMENTARIOS

A fin de evitar que se lleve a cabo la obra de apertura del terraplén de la calle Olazábal sin solución previa del problema de inundaciones, el día 4 se ha presentado un recurso de amparo contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- Ministerio de Planeamiento y obras Públicas- Ministerio de Medio Ambiente, recayendo el mismo en el juzgado…
El objeto es que se declare la inconstitucionalidad de las disposiciones de las normas que permitieron la licitación, como la resolución referida a la evaluación del impacto ambiental de la mencionada obra, debido al incumplimiento a lo dispuesto por la Constitución Nacional, la Constitución de la Ciudad, Ley General del Ambiente y Leyes de la Ciudad como la ley 123 y 1747, tendientes a la protección del ambiente y a la participación ciudadana.
Al tomar vista del expediente se obtiene el estudio de impacto ambiental en base al cual fue presentado el amparo y se confirmó la falta de convocatoria a Audiencia Pública que es de trámite obligatorio, aunque el GCBA invoque lo contrario.
Adjuntamos los comentarios basados en dicha documentación realizados por un vecino :


Comentarios basados en la documentación relativa a los cruces a ejecutar bajo vías del ferrocarril en las calles Olazábal y Superí.



Naturaleza de la documentación.

Tiene como finalidad la calificación del impacto ambiental que provocará la obra y la formulación de las medidas que eventualmente surjan de esta calificación.
Este trámite responde a lo que establece la Ley 123 de Impacto Ambiental, su modificatoria Ley 452 y decretos reglamentarios.
Es posible que la documentación correspondiente a la licitación incluya otros elementos técnicos que permitan conocer con mayor detalle las obras a ejecutar y estudiar sus consecuencias.


Partes que la integran.

Para mayor claridad y facilitar su análisis, es conveniente desglosar la presente documentación de la siguiente manera:

A- Carátula, declaraciones juradas y de forma: folios 1 a 7
B- Estudio Técnico de Impacto Ambiental
Carátula e índice 8 a 13
Descripción del proyecto 14 a 29 (*)
Descripción del ambiente 30 a 53
Identificación de impactos ambientales 54 a 61
Medidas de mitigación 62 a 66
Plan de gestión ambiental 67 a 72
Planos 73 a 78 (*)
C- Trámite de elevación del informe 79
Pedido de ampliación de información 80
Envío de ampliación de información 81 a 111
D- Trámite final de calificación del impacto ambiental y
formulación de las medidas consecuencia del mismo 112 a 129

Lo extenso de la documentación y su aparente rigor técnico encubren la finalidad real de simple cumplimiento de un trámite burocrático – lo dispuesto por la Ley 123 - y esta razón permite, luego de una primera lectura, eliminar de posteriores consideraciones a la mayor parte de ella, exceptuando a los apartados señalados con un asterisco que son los que contienen alguna información útil.




Comentarios.

Estrechamiento de la calzada de Olazábal:
La Avenida Olazábal es realmente “avenida” desde el oeste hasta la avenida Melián, pero a partir de este punto se angosta y se convierte en una calle de ancho común (10,57 m) al otro lado del terraplén ferroviario, a partir de la calle Superí.
Resulta así que el tránsito futuro - aumentado con respecto al actual, como se prevé que ocurra en virtud de las propias obras - que circulará por la primera sección hasta Melián, se encauzará por el paso proyectado a través del terraplén ferroviario, con ancho de calzada 11,70 según plano de foja 77 y luego seguirá por la calzada de la calle Olazábal con ancho 10,57 m que, según se puede verificar sobre el terreno, experimenta más adelante un nuevo estrechamiento.
Esta situación, que configura un verdadero “embudo”, es una aberración de diseño y producirá las consecuencias previsibles de congestión y/o embotellamiento del tránsito vehicular, con los también previsibles inconvenientes, demoras y molestias a los conductores y a los frentistas.
Es curioso que en el estudio de impacto ambiental no se haya considerado este serio problema

Inundación de la calzada y veredas de Olazábal:
A pesar del nuevo conducto subterráneo de desagüe pluvial construido hace poco tiempo a lo largo de la calle Olazábal desde el terraplén ferroviario hasta la calle Zapiola, la primera continúa inundándose entre Melián y el terraplén y desde éste hasta más allá de Zapiola.
Hay tres causas posibles para que esto suceda; a saber:
a- La sección del nuevo conducto subterráneo no es suficiente.
b- Las bocas de tormenta y/o las acometidas desde éstas al nuevo conducto y/o el alcantarillado a través del terraplén, son insuficientes o están obstruídas o están mal ubicadas.
c- Existe algún defecto aguas abajo del empalme del nuevo conducto con el que lo continúa: sección insuficiente, pendiente insuficiente, obstrucciones, etc.
Sea cual sea la razón, lo cierto es que en caso de lluvias copiosas de corta duración, la calle Olazábal se inunda a pesar de haberse construido una obra de desagüe que teóricamente debía solucionar este inconveniente. (*)
No parece razonable encarar la ejecución del cruce a través del terraplén ferroviario sin haberse resuelto previamente este serio problema. No hacerlo significa sumar este inconveniente a los ya señalados en el apartado anterior. Pueden imaginar los frentistas la situación que se produciría con los colectivos circulando por la calle inundada.
Este asunto tan importante merece solamente la indicación críptica “Ver Plano N° 3” en el título 2.3.1. Medio físico: Precipitaciones – Riesgo de inundación del folio 40 y cuando ubicamos este plano en el folio 78 nos encontramos con una mala copia en la que se confunden conductos con rayas ocasionadas por dobleces del papel original y que a lo sumo muestra lo que existe y que funciona mal.

(*) Nota adicional:
La solución se ha hecho complicada debido a las alteraciones que ha sufrido la zona particular y la circundante a partir de la construcción del ramal ferroviario. En ese momento, su traza corría por un descampado y el arroyo Vega cruzaba el terraplén por una alcantarilla (que se ha convertido en el actual paso de la calle Superí) y seguía su curso primero por la actual calle Olazábal y luego por Blanco Encalada hasta desembocar en el Río de la Plata, atravesando terrenos prácticamente baldíos y sin obstrucciones. A partir de entonces (y estamos hablando de más de cien años), apertura de calles, construcciones edilicias, entubamientos, pavimentaciones, rellenos costeros, avenidas rápidas y otras obras han alterado el flujo natural de las aguas que, sin embargo, siguen porfiando por correr por donde la Naturaleza ordena. Así resulta que, aún hoy, la calle Olazábal sigue siendo el curso del arroyo Vega.
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Indeterminaciones del proyecto:

1- Posibilidad de excavación bajo niveles de actuales calzadas:
Si debo guiarme por la documentación técnica que acompaña a este legajo, que tiene a lo sumo categoría de anteproyecto con ausencia total de cotas altimétricas ciertas (véanse planos de fojas 76 y 77), resulta imposible saber si habrá o no excavación bajo los niveles de las calzadas actuales.
Para saberlo, es superponer a los cortes transversales de proyecto, mostrados en el ángulo inferior izquierdo de foja 77, los perfiles transversales actuales relevados plani- altimétricamente in situ y a los cortes longitudinales mostrados en el ángulo superior derecho, los perfiles longitudinales actuales relevados de igual manera.
Así se podrá ver qué altura libre queda entre las calzadas actuales y los fondos de las vigas de los puentes a construir (que deberán a su vez dejar entre la cara superior de sus losas y la base de los rieles el espacio mínimo necesario para balasto y durmientes). Si esta altura libre fuera 3,50 metros o más, no habrá que excavar. Si esta altura libre resultara menor que 3,50 metros, se deberá excavar la diferencia
Se advierte que no se trata de un detalle menor del proyecto, sino uno de los más importantes porque de la existencia de excavación puede derivar un nuevo problema de desagüe y porque los frentistas de los tramos afectados por las eventuales excavaciones pueden resultar seriamente perjudicados e iniciar reclamos por vía judicial .
Este tema no puede dejarse para ser resuelto sobre la marcha sino que debe estar perfectamente conocido antes de iniciar las obras, de manera que se pueda buscar la correspondiente solución a los problemas que origina.

2- Reservorio ubicado en el arranque del nuevo conducto subterráneo de desagüe pluvial:
Su ubicación parece indicarse con líneas de trazos en el Corte A-A de foja 77. Si así fuera, cosa que merece ser aclarada debidamente, habrá que ver de qué manera interfiere con las obras a ejecutar (ver apartado anterior) y qué tratamiento merece.
Este tema es importante no sólo por los problemas constructivos que pueden derivar de él sino también porque puede llegar a afectar aún más al ya muy comprometido desagüe pluvial de la zona.

3- Circulación vehicular:
En algún lugar de la documentación se manifiesta que las Avenidas Monroe y Olazábal formarán un “par de circulación” Este-Oeste, la primera hacia el Oeste y la segunda hacia el Este.
La dudosa aptitud para cumplir con este cometido de la pseudo-avenida Olazábal desde Melián hacia el Este ya ha sido tratada más arriba (ver título Estrechamiento de la calzada de Olazábal), pero al margen de este asunto, es evidente que la intención es cambiar el sentido actual de circulación en esta arteria a partir de las vías del ferrocarril y esto va a alterar considerablemente la circulación vehicular de toda la zona aledaña y a causar más inconvenientes a buena parte de los frentistas.
Estos inconvenientes pueden evaluarse si se considera el ejemplo de un frentista de la calle Olazábal entre Conde y Superí que, conduciendo su auto, deba ir al centro de la ciudad y luego regresar a su domicilio. Si se estudian los recorridos posibles, se verá que el de regreso resultará mucho más complicado que el actual.
Para que el cambio de sentido de circulación de Olazábal no signifique un perjuicio para la tan custodiada calidad de vida de los vecinos, debe hacerse un estudio de la circulación en toda la zona aledaña y hacer las modificaciones necesarias que deberán incluir, en particular, el tratamiento de la intersección Olazábal - Superí – Urtubey que por sus características particulares (“cinco esquinas”) representa un riesgo adicional.

Estudio de impacto ambiental:

1- Oportunidad del estudio y de la categorización del impacto ambiental:
La Dirección General de Obras Viales presentó este estudio al Ministerio de Medio Ambiente, para su evaluación y categorización, el 23 de Octubre de 2006 (ver foja 79).
El 14 de Marzo de 2007 el citado Ministerio se expide categorizando a estas obras como de Impacto Ambiental Con Relevante Efecto (ver fojas 114 y 115).
Sugiero comparar estas fechas con las de llamado a licitación y adjudicación de las obras a efectos de evaluar si ha existido la debida relación entre ellas, vale decir, si el impacto ambiental fue categorizado antes de decidir ejecutar las obras y antes de adjudicar su construcción, como la lógica indica que debió haber sucedido.

2- Autoría del estudio:
No resulta del todo procedente que una misma persona sea responsable del proyecto como Director General de Obras Viales (ver foja 1) y además sea autor del estudio de impacto ambiental (ver foja 8), aún cuando formalmente esté habilitado para esta última función (ver foja 2).
Surge además razonable duda en cuanto a la procedencia de autorizar para realizar estudios de impacto ambiental y auditorías ambientales a una persona que cuenta con título habilitante de Ingeniero en Construcciones (ver foja 2, Anotación marginal).

3- Categorización
El trámite culmina con que las obras son categorizadas como de Impacto Ambiental Con Relevante Efecto (sic, ver foja 115) y queda por saber, para el ciudadano común, qué significa en términos llanos esta declaración tan altisonante. Estaré mejor que antes o peor? Circularé en auto con mayor facilidad pero viviré soportando más ruidos, olores y emanaciones? Una ciudad debe priorizar a los vehículos o a las personas? Tendré que poner compuertas cada vez que llueva fuerte para que las olas que producen los colectivos no entren hasta el living?
El ciudadano común puede pensar que encontrará una aclaración examinando las disposiciones que resultan de la calificación de “Impacto Ambiental Con Relevante Efecto” (ver folios 115 y 116) y se encontrará con que la mayoría son redundantes (cumplimiento de legislación laboral, de legislación sobre límites máximos de ruidos y vibraciones, de reglamentación sobre existencia de matafuegos, instalación de vallas en zonas de obra, etc) y otras son nimiedades como la número 15: “No permitir vehículos en espera con el motor funcionando.” O la número 3: “Dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Nacional N° 11.843 para control de roedores y con la normativa vigente para control de vectores.”En resumen, han hecho falta 129 folios para decir por un lado lo que todo el mundo sabe que debe hacer en cualquier obra y para dejar a los vecinos en la incertidumbre total sobre la manera en que la obra proyectada incidirá en sus vidas




En nuetro póximo contacto les publicaremos las fojas marcadas con * y si fuera posible los planos para que tengan una clara interpretación de estos comentarios como de la magnitud de las incongruencias de todo este proyecto y lo que es peor la falta de respeto que tiene por los ciudadanos que pagamos los impuestos y los sueldos de los funcionarios y políticos que pretenden llevar adelante estas obras.

lunes, 3 de septiembre de 2007

La Gran Obra - 1 de Marzo 2007.

Estas son las imágenes del 1.3.2007 luego de haberse terminado las obras que iban a "aliviar" al barrio y su gente. Aliviar de qué? De políticos o de fondos públicos?
(Haga click en la imagen y aparecerá en una nueva ventana)






¿Necesitamos a Ramsés, el faraón, para que una obra sirva y sea casi eterna?

Saludos
Salvador

martes, 28 de agosto de 2007

Muestra "Bodies...The Exhibition" en Olazábal


Bodies...The Exhibition en Olazábal

Los visitantes atónitos no pueden creer lo que sus ojos ven.
Nuevamente, el arte se une a la protesta y reúne sus intrincados significados para con una causa vecinal.
Esta vez, el artista/médico británico Roy Glover afirmó que "estoy dispuesto a ponerle el cuerpo a cualquier atropello inconsulto e injustificado".
Recién llegado de Europa, Glover sugiere un arte provocativo, desnudo, pero con "mensajes claros" e "intenciones nobles".
Como apoyo a la causa, expresó su deseo de dejar al "pibe" en Olazábal hasta bien se dé cuenta de los alcances reales de la obra y se den argumentos convincentes sobre su impacto ambiental, traza, obra hidráulica pendiente, etc.
Ante la pregunta de este cronista si no temía por la suerte de su "pieza" ante una inundación, Glove desefió sin dudar, AGUA, LAS PETUNIAS!!! en referencia a su delicada pieza de arte.
Como siempre, seguimos en pie de protesta, pero siempre conservando el humor.
Saludos
Salvador

jueves, 23 de agosto de 2007

APERTURA NATATORIO SUPERI

Vecinos!
La felicidad colma el barrio. ¡Arriba la buena onda!Si eras uno de esos vecinos incrédulos que creías que Superí y la vía no se inundaba, estás equivocadísimo!!!

NATATORIO SUPERI (sin cuota de ingreso)

Sí, el agua llegó al barrio y está aquí para quedarse.

¡Prepará la gorrita, la mallita. Chicas, a ponerse la bikini, que ya llega la inundación!

Si pensás que esto es un chiste....mirá el video de la inundación de Superí (con el agua bajando) del 1.3.2007.

viernes, 17 de agosto de 2007

CALCULO DE TRÁNSITO VEHICULAR - CALLE SUPERÍ

Estimados Vecinos,
Hoy por la mañana, tenía unos pocos minutos libres y se me ocurrió hacer un conteo del tránsito vehicular de la calle Superí en su encuentro con el puente ferroviario.
Resultados:
Hora de medición: 8.51 a 8.56 am (5 minutos - 17 de agosto)
Total de vehículos registrados: 176
Camionetas/Fletes, 4x4: 12
Colectivos: 2
Trenes: 2
Autos: 160
Total aproximado de emisión de CO2: 1.30 litros de combustible=2.50 kg en tan solo 5 minutos. No se considera óxido nitroso y otros contaminantes, ni la diversidad de modelos y consumos.

Si tomamos nota que 176 vehículos transitaron tan solo 40 metros en 5 minutos, esto nos da aproximadamente 1 vehículo cada 1.7 segundos. Consideren que esto no es una hora pico!!!!

Qué nos aporta esto? Trastornos de salud (problemas respiratorios, alteraciones nerviosas, sordera, etc.), daños en las propiedades por lluvia ácida y vibraciones, contaminación auditiva, visual y aérea, entre otras cosas.

Si Ud. quiere un barrio limpio, sano, pero sobre todo sin agua ni problemas ulteriores, no sea tímido, venga a la reunión.

Saludos cordiales

Salvador

jueves, 16 de agosto de 2007

REUNION VECINAL 18-8 11.30 HS OLAZABAL Y FREIRE

VECINOS DE BELGRANO

EL PROXIMO SÁBADO 18-8 A LAS 11.30 HS HAREMOS UNA REUNION AMPLIADA PARA INFORMAR SOBRE LOS ALCANCES Y PASOS A SEGUIR RESPECTO A LA OBRA DE UN TUNEL VIAL QUE INUNDARÁ AUN MÁS EL BARRIO.

LUGAR: OLAZÁBAL Y FREIRE

CONTAMOS CON SU PRESENCIA

VECINOS AUTOCONVOCADOS DE BELGRANO R

martes, 14 de agosto de 2007

VAMOS A LA LEGISLATURA

martes, agosto 14, 2007

VAMOS A LA LEGISLATURA


EL DIA LUNES 13 HEMOS TENIDO UNA REUNION CON EL SUBSECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS , ING. FERREA , PARA INTERCAMBIAR OPINIONES Y VER TODA LA INFORMACION QUE POSEEN DEL PASO BAJO NIVEL QUE PROYECTAN HACER EN OLAZABAL . ( HACE SEMANAS QUE ESPERAMOS UNA REUNION PROPUESTA POR EL MINISTERIO EN EL CGP DE NUESTRO BARRIO . LA FECHA NUNCA LLEGA ) .
LUEGO DE DOS HORAS Y MEDIA DE REUNION PUEDO ASEGURARLES LO SIGUIENTE :

1) EL ING. FERREA FUE MUY AMABLE CON NOSOTROS .
2) LOS PLANOS DE LA OBRA NO ESTAN
3) EL PROYECTO DE LA OBRA TAMPOCO
4) IMPACTO AMBIENTAL DE LA OBRA : NO LO CONOCEMOS
5) AUDIENCIA PUBLICA : HACE SEMANAS QUE PEDIMOS UNA REUNION EN EL CGP ( ING. CORREIA , VENTURINO Y COMPANIA, LOS ESTAMOS ESPERANDO )
6)RECURSO DE RECONSIDERACION DE OBRA PRESENTADO : LO ESTA ESTUDIANDO LEGALES .
7) SOLUCION AL PROBLEMA HIDRICO : NO ESTA CONTEMPLADO EN ESTA OBRA .( EL ING. BROSTEIN CON DOS MESES DE ANTIGUEDAD EN EL AREA NOS DIJO QUE HABRIENDO EL TERRAPLEN ,TRASLADARIAMOS 60 METROS HACIA CABILDO , EL OBR PROBLEMA DEL AGUA . ( AGRADEZCO EL APOYO DEL VECINO QUE VIVE A 10 METROS DEL TERRAPLEN , LA PRIMAVERA SE ACERCA , POR LAS DUDAS LE RECOMENDARIA PONER COMPUERTAS EN LAS VENTANAS .
8) ESTA OBRA NO CONTEMPLA EN ABSOLUTO LA PROBLEMATICA HIDRICA DEL LUGAR.
9) POR LOGICA , NO SE PUEDE CONSTRUIR UN VIADUCTO EN UNA ZONA TAN PROBLEMATICA SIN UN PROYECTO QUE CONTEMPLE UNA SOLUCION GLOBAL .

HOY, MARTES 14 DE AGOSTO , SIENDO LAS 23:30 HS. MIRO EL CIELO NUBLADO , PRONOSTICO DE TORMENTA , MUCHO CALOR DURANTE EL DIA , ESCUCHO EL VIENTO QUE ME DICE... POR LAS DUDAS SI SE LARGA PONE LA COMPUERTA ( O QUERES VOLVER A TENER UN METRO Y MEDIO DE AGUA ADENTRO )


EL MIERCOLES Y JUEVES , TODOS LOS VECINOS QUE QUIERAN PUEDEN CONCURRIR A LA LEGISLATURA PARA INFORMAR A NUESTROS LEGISLADORES QUE ES LO QUE ESTA PASANDO EN OLAZABALYLAVIA .
MIERCOLES 14:45 HS. PERU 160 .
JUEVES : CONFIRMAR HORARIO .

JORGE TORRES .
MICOFILM@ARNET.COM.AR

Recorte de presupuesto para obras publicas

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(Cuando abran la foto hagan click una vez sobre la imagen para verla al 100%)

domingo, 12 de agosto de 2007

Negocio Terminado (Pequeña muestra de lo que puede llegar a ser esta obra aqui)

Vecinos:
Aca dejo a su disposicion algunas imagenes, facilitadas por un vecino, de un paso bajo nivel hecho en Quilmes. Capaz al verlo con sus propios ojos se den cuenta de la magnitud de esta obra. Con un poco de imaginacion trasladen semejante obra a nuestra cuadra. Un desastre.


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Saludos.
Jorge.

Túnel en Crisologo Larralde - recorte de diario -

Aqui les dejo un recorte del diario La Nacion que un vecino aporto, el cual trata sobre el accionar de los vecinos de Nuñez frente a la construccion de otro de estos magnificos pasos bajo nivel. Leanlo.

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Jorge.

miércoles, 8 de agosto de 2007

Guía de Quejas N°1

Vecin@s:
Aquí les paso los mails, teléfonos y direcciones de las personas que se arrogan la facultad de transformar el barrio a su antojo e ignorando las necesidades de sus vecinos.

Recuerden...son nuestros empleados, nosotros pagamos sus sueldos y a nosotros nos deben el acceso público a la información, como lo establece la LEY 104 de la Constitución del GCBA (Ley de acceso a la información). Fuente: http://www.cedom.gov.ar/es/legislacion/normas/leyes/html/ley104.html

Pueden consultar la siguiente página para imprimir el listado:
http://www.buenosaires.gov.ar/organigrama/funcionarios/listado.php?idreparticion=1057

¡¡Quejémonos, su queja es acción!!

Escribamos también a la Soc. de Fomento para ver qué han obtenido hasta ahora:
SFBR
http://www.sfbelgranor.org.ar/
Superí 1924 (1430)
Teléfono +54 (11) 4555-3096
sfbelgranor@gmail.com

Saludos
Salvador

DIRECCIONES Y FUNCIONARIOS GCBA:

Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas
Ing. Juan Pablo Schiavi
Carlos Pellegrini 291 Piso 9º
4323-8108/09/10 Int. 4005/07 4192
-->FAX: 4326-6777 jpschiavi@buenosaires.gov.ar

Subsecretaría de Infraestructura y Obras
Ing. Guillermo Enrique Ferrea
Carlos Pellegrini 291 Piso 9ª
4327-1037 Int. 4018
-->FAX: 4323-8355 gferrea@buenosaires.gov.ar

Dirección General de Obras Públicas
Arq. María Alejandra Dirakis
Carlos Pellegrini 291Piso 9º
4323-8000 int. 4644
--> adirakis@buenosaires.gov.ar

Dirección General de Obras Viales
Sr. José Luis Correia
Carlos Pellegrini 211 Piso 5º
323-8000 int. 4013/4631
--> jlcorreia@buenosaires.gov.ar

Dirección General de Hidraúlica
Ing. Pablo Mario Bronstein
Carlos Pellegrini 291 Piso 9ª
4304-0359/0340/1517 Int. 4106

Dirección General de Infraestructura Lumínica
Sr. Eugenio José Gandulla
Carlos Pelegrini 291 Piso 9º
4323-8000 Int. 4195
--> egandulla@buenosaires.gov.ar

Subsecretaría de Planeamiento
Arq. Mario Sebastián Sabugo
Carlos Pellegrini 291 Piso 8º
323-8000 Int. 4302/4305 4323-8168/69
-->msabugo@buenosaires.gov.ar

Dirección General de Planeamiento y Desarrollo Urbano
Arq. Marcelo Salvador Lorelli
Carlos Pellegrini 291 Piso 8ª
4323-8000 Int. 4272/4273
-->mlorelli@buenosaires.gov.ar

Dirección General de Interpretación Urbanística
Arq. Juan L. Gabriel Gilli
Carlos Pellegini 291 Piso 8º
4323-8000 Int. 4306
-->jgilli@buenosaires.gov.ar

Dirección General de Proyectos y Obras
Arq. Horacio López Gaschetto
Carlos Pellegrini 291 Piso 8º
4323-8000 Int. 4272/4273
-->hgaschetto@buenosaires.gov.ar

Subsecretaría de Tránsito y Transporte
Sr. Gustavo Alberto Álvarez
Carlos Pellegrini 291 Piso 9º
4323-8115/8117 4018/4375/4168
-->gaalvarez@buenosaires.gov.ar

Dirección General de Tránsito
Ing. Guillermo Eduardo Yampolsky
Carlos Pellegrini 291 Piso 9º
4323-8000 Int. 4078/4079
-->gyampolsky@buenosaires.gov.ar

Dirección General de Transporte
Sr. Claudio Marcelo Palmeyro
Carlos Pellegrini 291 Piso 9º
4323-8000 Int. 4078/4146
-->cpalmeyro@buenosaires.gov.ar

Unidad de Auditoría Interna
Dra. Susana Ángela Nasuti
Carlos Pellegrini 211 Piso 9º
4323-8130
-->FAX: Int. 4135 snasuti@buenosaires.gov.ar

TOMADA DE PELO

Jorge y vecinos

El resultado de la reunión es lo que yo esperaba. A nadie le importa lo que nos pase en nuestras casas ni lo que suceda con el agua. Simplemente hay que hacer la obra, porque hay dinero importante en juego.
Para eso necesitan del plan de impacto ambiental, porque se quieren cubrir de una obra que es un disparate. Quiero saber por qué no viene Correia aquí en el ojo de la tormenta con la inundación a limpiarle los pisos a los vecinos, pagarnos los daños que por la inoperancia y la falta de obras serias del GCBA. Lo mejor sería demandar al GCBA por desidia por falta de proyección y escaso interés en resolver un problema que hasta se llevó vidas.

¿Tenemos que lamentar más víctimas por una OBRA-FETICHE-CAPRICHO de un funcionario necio y abotonado a una silla?

¿Venturino y sus defensores donde están?

LES COMENTO QUE HOY VINIERON A MEDIR 3 OPERARIOS EN EL TERRAPLÉN. CUIDADO CUANDO NOS CAIGAN LAS MÁQUINAS DE PREPO.

NO DECLINEMOS NUESTRO TRABAJO Y ESFUERZO.

LO QUE QUIEREN ES QUE NOS DESGASTEMOS ´PARA ASÍ ACTUAR ELLOS CON TRANQUILIDAD. SIEMPRE FUERON IGUAL DE IMPUNES.

sALUDOS

SALVADOR

martes, 7 de agosto de 2007

VISITA A LA DIRECCION Y MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Hoy , a las 11:30 hs , nos presentamos con algunos vecinos en la dirección general de obras viales .
preguntamos por el ing. Correia , y por supuesto estaba en una reunión.Nos atendio otro ing. al que le pregunte si tenian respuesta a mi recurso de reconsideracion presentado oportunamente.
Me contesto que los abogados todavia no habian dado una respuesta , y que me iban a notificar .
Le pedimos el proyecto , los planos , el expediente , la planimetría etc etc. y nada , cuando comenzamos a levantar temperatura , nos recomendó ir al noveno piso y hablar con el ministro
Schiavi .en su despacho nos atendió su secretaria disculpandose por la ausencia del mismo ya que se encuentra en un congreso .Le comentamos nuestra problematica y la falta de palabra del ing. Correia que se había comprometido a una reunión urgente en el CGP con los vecinos .
Tomo nota , lo llamo a Correia y en cinco minutos estabamos en su despacho charlando con el .
Correia nos volvió a decir ( igual que el otro ing. ) que tenian el ok de hidraulica para hacer el paso bajo nivel ( 3,60 mts.)que la obra hidráulica estaba concluida ( un vecino se fue para no pegarle ) . Nos dio un croquis de olazabal , superi y los puentes ( la gente de transito supongo que pondrá un semáforo a la salida de los dos puentes , nos dijo Correia).
Le pregunte que beneficio tenia la construcción de este paso , si los dos van a chocarse en la salida , si Olazabal se angosta etc. etc.
Bueno , lamentablemente nos contesto que el se dedica a hacer puentes ..........????????.
Le volvimos a pedir el proyecto etc. etc. , y nos dijo que no tiene autorizacion , pero se comprometio a hablar con el subsecretario de obras , y hacer una reunión ahí mismo con los vecinos . en el transcurso de esta semana .( y la famosa reunión en el C G P ? ) .
Quedo en llamarme , y como verán esta historia se va haciendo larga .

El gobierno , no tiene interes en mostrarnos el proyecto , en solucionar el tema hidráulico , en mejorarnos la calidad de vida ,y menos en discutir esto con todos los vecinos . ( la frase del dia : "yo solo me dedico a hacer puentes" )
por todo lo demás........joderse .


Jorge Torres.

domingo, 5 de agosto de 2007

MARTES 7 DE AGOSTO EN LA DIR.GRAL DE OBRAS VIALES

COMUNICO A TODOS LOS VECINOS QUE QUIERAR CONCURRIR , EL DIA MARTES 7 DE AGOSTO A LAS 11:30 HS . NOS PRESENTAREMOS CON EL DR. ALEJO BASUALDO MOINE EN LA DIRECCION GENERAL DE OBRAS VIALES ( ING. CORREIA ) ,PARA QUE NOS INFORMEN SOBRE EL RECURSO DE RECONSIDERACION PRESENTADO OPORTUNAMENTE , Y DE PASO HABLAR CON EL ING. CORREIA PARA QUE NOS INFORME POR EJEMPLO , CUANDO HARAN LA REUNION , CUANDO CONOCEREMOS EL PROYECTO , CUANDO NOS DEJARAN VER EL EXPEDIENTE ETC. ETC.
ESTAN TODOS INVITADOS.
CARLOS PELLEGRINI 211 5º PISO .
DIR.GRAL DE OBRAS VIALES.

MUCHAS GRACIAS .

JORGE TORRES

viernes, 3 de agosto de 2007

RESPUESTA CGP 13 # 2

Esta es la respuesta recibida hoy por mail por parte del CGP 13. Si lo leen bien no dice nada, no precisa fechas, no emite juicios, ni provee información adicional.

¿Siguen con la técnica del "paraguas", ignorando nuestros pedidos y no hablando del tema hasta que quede olvidado/archivado? Aquí está la respuesta:

Estimado Lic. Salvador

De acuerdo a lo conversado telefonicamente respecto al tema del paso bajo nivel en la calle Olazabal, cumplo en informarle que sus inquietudes fueron transmitidas oportunamente a la Direccion General de este CGPC13, quien tiene sus datos para comunicarse en el momento en que se cuente con la informacion por Ud. requerida.

Sin otro particular, saludo atentamente.

ARQTA. TERESITA PERTOT - Directora
Direccion de
Desarrollo y Mantenimiento Barrial
CGPC13 - MDyPC - GCABA

Comentario Noticia sobre Postergación de obras.

Vecinos,
Leyendo el artículo queda en claro algo:
  • Sólo se postergan obras no licitadas hasta el momento.
  • No se ampliará el plan hidráulico (es decir tendré que salir a las 3 a m a limpiar los sumideros con mis manos).
  • No se interrumpe el subte (No es sorprendente dado que Benito Roggio (Grupo Macri) tiene a su cargo las ampliaciones de dos líneas de subte).
  • No se es muy claro respecto a la supuesta postergación de los cruces a nivel.

Algunos vecinos descreen que el túnel represente una obra contra nuestra calidad de vida, el ambiente circundante, etc.

Invito a los incrédulos a visitar el puente de Chorroarín y Constituyentes, para ver las veredas angostadas, la remoción de los canteros (algo que las representantes de la SFBR resaltaron), el excesivo smog, la cantidad de casas en venta por la caída del valor de la propiedad y la excesiva velocidad de los autos, tornando un antiguo espacio armonioso en un infierno completamente inseguro.

Hay que caminar por la ciudad para ver cómo se hacen las obras viales en nuestra Buenos Aires.

Próximamente les agregaré un video para que vean los distintos pasos a nivel recorridos.

Creo que el argumento de "Si tocan la vereda del vecino, mi calidad de vida no se ve afectada" es el clásico argumento contra el que tendríamos que pelear. Esto involucra a todos, ya sea el que vive en un 9no piso o el que tiene una lujosa mansión.

Postergan obras por $ 290 millones

Postergan obras por $ 290 millones
Ya lo estudian en la Legislatura. Alcanza a los proyectos que aún no fueron licitados.

Horacio Aizpeolea
haizpeolea@clarin.com

El Gobierno de la Ciudad propone postergar obras por casi 300 millones de pesos, según figura en una de las planillas que acompañan su proyecto de ampliación presupuestaria. Esta iniciativa empezó a ser estudiada por la Legislatura porteña y podría llegar al recinto la semana que viene.Bajo el título de "Readecuación Plan de Inversiones", figura el siguiente número: 290.537 millones de pesos. Esa es la cifra que la Comuna propone reducir del actual presupuesto 2007. Según fuentes del Gobierno porteño, los casi 300 millones corresponden a obras aún sin licitar. "No se paralizan obras", insisten en aclarar los funcionarios porteños.Esa insistencia, sin embargo, va acompañada por un silencio cuando se pregunta por el detalle de las obras, cuyo inicio se postergaría para el año próximo, cuando Mauricio Macri ya sea jefe de Gobierno.Con el ahorro de esos 300 millones, más el dinero que se espera recaudar con el anunciado Plan de Facilidades de Pagos para contribuyentes morosos (este proyecto también está siendo analizado ya por los legisladores), el Gobierno espera equilibrar las cuentas, tema que viene discutiendo con el macrismo. Como ayer publicó Clarín, el Plan de Facilidades de Pago abarca a morosos de cualquier impuesto.El desfasaje presupuestario, explicó el secretario de Hacienda, Sergio Beros, principalmente obedeció al aumento de un 16 por ciento que se otorgó a los agentes públicos porteños."Estamos de acuerdo con la reasignación de recursos para el aumento de salarios, pero queremos ver los aumentos de costos en los contratos, como el de la basura", advirtió Diego Kravetz, jefe del bloque de legisladores K. También inquietan a los legisladores saber qué obras serán postergadas. "Todavía no tenemos precisiones", admitió Juan Manuel Olmos, el legislador K que preside la Comisión de Presupuesto y Hacienda."Lo que hace el Gobierno de Telerman es no arrancar las obras que no estaban licitadas y que, por más que quisiera, por los tiempos que lleva el proceso licitatorio, probablemente tampoco las hubiese querido arrancar", dijo un macrista que participa de las reuniones con Hacienda."Todavía no tenemos el detalle que explica de qué obras se restarán esos 290 millones de pesos; me preocupa un trascendido que dice que algunos millones saldrán de infraestructura hospitalaria", dijo Olmos.En abril pasado, Telerman había anunciado el comienzo de la construcción del canal aliviador del arroyo Maldonado, para mediados de año. Desde el Gobierno porteño, una fuente de Hacienda comentó que parte del ahorro se refiere a "obras del Maldonado"."Detener las obras del subte sería muy costoso para el Estado", dijo Juan Pabló Schiavi, ministro porteño de Obras Públicas. "Hay penalidades o multas, si la Ciudad no cumple con lo ya pactado con las empresas", agregó. Ayer, sin embargo, fuentes legislativas afirmaban que "se podría aminorar el ritmo de las obras en subtes".Otro miembro del Gabinete mencionó la postergación de obras para "los pasos bajo nivel" (la Comuna había anunciado un plan de reformas en 35 cruces ferroviarios) y también referidas al "mantenimiento de asfalto". Por último, también pasaría al año próximo la construcción de un edificio para un centro de diseño.

miércoles, 1 de agosto de 2007

FUNDACION AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

EN EL DIA DE HOY ME COMUNIQUE CON LA FUNDACION Y ENVIE MAIL A SUS ABOGADOS .
POR LA TARDE SE COMUNICO UNA EMPLEADA DE LA MISMA Y ME DIJO QUE MAÑANA POR LA MAÑANA ESTARA EL DR. JUAN MANUEL VEZZULLA .
ME COMUNICARE CON EL PARA CONCERTAR UNA REUNION CON LOS VECINOS .
ESPEREMOS TENER SUERTE .

FUNDACION AMBIENTE Y RECUSROS NATURALES
MONROE 2142 CAP.FED.
TE. 47884266 - 47875919


JORGE TORRES

martes, 31 de julio de 2007

RESPUESTA REUNION CON CGP 13

Estimados vecinos,
Llamé a la tarde al CGP 13 por la reunión...Eduardo Venturino es el hombre ausente nunca está. Me atendió una X mujer que me dijo que "nos informarían si surgía algo". Les puse en un video la respuesta que me mandaron al contestador. Es de no creer.
Según una vecina que hablón con Venturino, habría una reunión el Miércoles....pero "NADIE SABE NADA", ¡como siempre!
Luego les comento algo sobre el amparo.

Salvador



Llamen por teléfono para ver qué les dicen:
CGP 13
Pedir por Eduardo Venturino (director)
Tel: 4702 3748 int. 327 o 128

lunes, 30 de julio de 2007

UNA IMAGEN VALE MÁS QUE MIL PALABRAS

Estimados vecinos,
Aquí les agrego unos lindos videos del hermoso lugar que habitamos. Lo que me encantó de estas obras fueron las palabras del ingeniero Bustamante, ex-del equipo de Quaini (ex- director de Hidraulica)....."esta cuadra no debería inundarse más con las obras"!!!
Un personaje oscuro de la historia reciente decía "Miente, miente que algo quedará". No creamos todos los argumentos que se nos ofrecen como argumento para que aceptemos obras de futuro incierto.

Un link muy interesante: http://www.mibelgrano.com.ar/inunda.htm

Aquí los videos:

La cuadra el 26.2.2007



Inundación 1.3.2007



Víctimas (imprudentes) muertas en conductos aliviadores (16.12.2006)/ Canal TN

http://www.youtube.com/watch?v=k2xl-RidYxc

En caballito (napas. Esto nos pasará a nosotros???

INCRIBANSE A LA AUDIENCIA PUBLICA EN EL CGP

Estimad@s vecin@s:
Esta semana habrá una "Reunión explicativa" con motivo del cruce bajo nivel de Olazábal.
Organiza todo el director del CGP 13, Eduardo Venturino.
Solo se puede participar previa inscripción telefónica o personalizada al 4702 3748 int. 327.
La dirección es Cabildo 3067 1º piso.
Seguramente, se nos dará una charla muy general sobre las características de la obra, que ella beneficia el acceso al barrio, revalorizará la propiedad y que no alterará en nada nuestras vidas ni nuestras veredas, árboles, cordones, etc. ¡La vida color de rosa!
En dicha ocasión, esperaría en silencio ver la opinión del representante, observar qué actitud hay, qué documentación se acompaña y qué se quiere compartir.
Por otro lado, les recuerdo debemos actuar rápido con la recopilación de pruebas respecto a la inundación y el deterioro ambiental en la zona. Los tiempos nos corren y cuantos más seamos y más informemos a otros vecinos mejor.
Hasta el momento, somos 46 personas las anotadas en la lista. Es interesante, considerando que en promedio podemos logar 2 firmas por hogar. Aun así, creo que todos somos vecinos y sabemos que alguna persona no pudo ir, etc. Seamos todos artífices de esta acción colectiva contra la improvisación gubernamental y la planificación desprolija. Difunda los motivos de nuestra indignación y contribuya a conseguir más firmas.

Los pasos a seguir con los siguientes:
  1. Reunir información (DVD, Videos, Imágenes (papel o copia en CD), facturas de ABL con descuento por zona inundable, pagos de seguro, resarcimiento económico de cualquier índole, filtraciones, etc. Toda esta referencia debería ser adjuntada con sus respectivas direcciones, a saber: lugar desde donde se toma la foto (dirección o vereda), día, hora (o tarde/noche/mañana), año, descripción de la escena, si estaba o no la obra hidráulica construida. PLAZO DE ENTRGA DE DOCUMENTACION: hasta el martes 31 de Julio a 22.30 hs.
  2. Reunida la documentación deberíamos asistir a una reunión con el abogado del Sr. Torres el mismo martes para leer el escrito y apuntar objeciones y/o mejoras al mismo, para luego firmarlo en forma colectiva. Ya hubo vecinos que han hecho su aporte monetario para facilitar los costos, hecho que nos sorprendió y nos satisfizo por el espíritu solidario despertado.
  3. Martes 31 hay una reunión con la Soc. de Fomento de Belgrano R. Se nos dijo luego de la reunión que la misma trataría SOLO la seguridad, pero podría ir una minoría de personas e indicarles que nuestro tema ha de ser atendido en forma urgente.
  4. Presentar el recurso el miércoles/jueves SIN FALTA. Se puede filmar el momento para su correcta documentación.
  5. Asistir a la reunión del CGP.
  6. Contactar a asociaciones vecinalistas de Nuñez, escribir cartas de lectores a diarios, contactar a la prensa, Magnatti y políticos.
  7. Elaborar una buena campaña gráfica con arte o bien informativa, alertando a los vecinos sobre lo que se hará.

Espero haberles sido de utilidad.

Muchas gracias

Salvador
makedon@fibertel.com.ar

Jorge
micofilm@arnet.com.ar

viernes, 27 de julio de 2007

Visita de Funcionarios a la cuadra - 27 de Julio 2007

Vecinos!

en horas de la tarde de hoy, 17 hs aprox. vinieron el Ingenieron Bustamante y el Ing. Pablo M. Bronstein, quienes dialogaron conmigo. Me informaron que harían nuevas obras de amplicación de las obras hidráulicas existentes. Hablaron de una "fase 2".
Lo que me sorprende es que hayan aparecido luego de haberse presentado el recurso. Estemos atentos en la cuadra porque es posible que el fin de semana vengan más personas a sacar fotos, etc.
Por más datos aquí están los datos del funcionario a cargo de hidráulica:
Apellido: BronsteinNombre: Pablo Mario, Ing
Dirección: Carlos Pellegrini 291 Piso 9ª
Teléfono: 4304-0359/0340/1517 Int. 4106


Saludos
Salvador

RESOLUCIÓN N° 466-MPyOPGC/07 - LEER ATENTAMENTE - 26 Julio 2007

RESOLUCIÓN N° 466-MPyOPGC/07 (Aparecido 26.07.2007 - Boletín Oficial GCBA).


Fuente: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/leg_tecnica/boletines/20070726.htm#21




Esta es la última novedad respecto a la obra. Consultada la Dirección de Espacios Verdes - GCBA se informó que se pidió informe a dicha delegación sobre inventario de especies arbóreas. Esto para luego remover los árboles. Adjunto además folleto (VER ABAJO) con ciertos detalles (que no dan cuenta en profundidad sobre cómo se hará todo) expedido por Fontana Nicastro S.A.C. Si leen bien la foto, en el margen inferior derecho verán que dice "Certificado de Aptitud Ambiental/ Ley 123(GCABA) Otorgado"<-- Esto es una ironía, ¿no les parece?


Buenos Aires, 18 de julio de 2007.



Visto el Expediente N° 12.603/07, los términos del Decreto N° 2.186/04 (B.O.C.B.A. N° 2083 del 7/12/04), la Ley Nacional de Obra Pública N° 13.064, yCONSIDERANDO:




Que, por los presentes actuados la Dirección General de Obras Viales propicia la ejecución de la "Revisión del Proyecto e Inspección de Obras del Túnel Vehicular de Olazábal con Vías del ex F.C. Mitre"




Que, en cumplimiento del Decreto N° 1.825/97 (B.O.C.B.A. N° 355), se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión;




Que, mediante Resolución N° 173-MPyOP/07, se dispuso el llamado a Licitación Pública N° 351/07, para el día 23 de abril de 2007, a las 11 hs., al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obra Pública N° 13.064;Que, se ha efectuado la comunicación de estilo a la Cámara Argentina de la Construcción;




Que, tal como luce en el Acta de Apertura N° 13/07 se recibieron las propuestas de las firmas: Gago Tonin S.A., Latinoconsult S.A., Oscar Grimaux y Asociados S.A.T., Consular Consultores Asociados S.A., IATA S.A., ATEC S.A., Incociv S.R.L.;




Que, la Comisión de Preadjudicación habiendo realizado el estudio de la documentación presentada en el Sobre N° 1, confeccionó el Acta de Preselección N° 3 del día 29 de mayo de 2007 en el cual declara a las ofertas Gago Tonin S.A., Latinoconsult S.A., Oscar Grimaux y Asociados S.A.T., Consular Consultores Asociados S.A., IATA S.A., ATEC S.A., como aptas, y a la oferta Incociv S.R.L. como no apta para la apertura del Sobre N° 2;




Que, luego de haber notificado a las empresas participantes, no se produjeron impugnaciones a la preselección;Que, de acuerdo a lo indicado en el ítem 1.3.9.5. del pliego de condiciones generales, se procedió a la publicación de dicha acta de preselección en la cartelera del Área de Compras y Contrataciones del Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas durante los días 30 y 31 de mayo de 2007;




Que, por Resolución N° 389-MPyOP/07, se autorizó la apertura del Sobre N° 2 para el día 8 de junio de 2007 a las 13.30 horas;Que, efectuado el análisis de las ofertas presentadas en el Sobre N° 2, para este acto licitatorio, la Comisión de Preadjudicación, mediante el Acta de Preadjudicación N° 12/07 propone preadjudicar la "Revisión del Proyecto e Inspección de Obras del Túnel Vehicular de Olazábal con Vías del ex F.C. Mitre", a la firma Oscar Grimaux y Asociados S.A.T. por el monto total de la oferta de pesos ochocientos dos mil seiscientos sesenta y ocho ($ 802.668);




Que, de acuerdo a lo indicado en el ítem 1.4.3 del pliego de condiciones generales, se procedió a la publicación de dicha acta de preadjudicación en la cartelera del Área de Compras y Contrataciones del Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas durante los días 22, 25 y 26 de junio de 2007 y a la notificación de las firmas participantes;




Que, no se produjo impugnación alguna al acta de preadjudicación;Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 2.186/04 (B.O.C.B.A. N° 2083 del 7/12/04), la Ley N° 1.925 (B.O.C.B.A. N° 2407) y el Decreto N° 350/06 (B.O.C.B.A. N° 2416),



EL MINISTRO DE PLANEAMIENTO Y OBRAS PÚBLICASRESUELVE:



Artículo 1° - Apruébase la Licitación Pública N° 351/07 para la obra "Revisión del Proyecto e Inspección de Obras del Túnel Vehicular de Olazábal con Vías del ex F.C. Mitre"; realizada al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obra Pública N° 13.064.


Artículo 2° - Adjudícase a la firma Oscar Grimaux y Asociados S.A.T. la "Revisión del Proyecto e Inspección de Obras del Túnel Vehicular de Olazábal con Vías del ex F.C. Mitre" por el monto total de la oferta de pesos ochocientos dos mil seiscientos sesenta y ocho ($ 802.668); con un plazo de ejecución de diez (10) meses y el plazo del período de garantía es de doce (12) meses, a partir de la orden de comienzo de las tareas.


Artículo 3° - Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria de los Ejercicios Presupuestarios 2007 y 2008.


Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta) al amparo de lo establecido en el Decreto N° 2.186/04 (B.O.C.B.A. N° 2083 del 7/12/04), comuníquese a la Dirección General de Obras Viales, a la Dirección de Presupuesto Contable y remítase al Área de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal. Schiavi

jueves, 26 de julio de 2007

LA OBRA QUE VOS NO ESPERABAS!

LA OBRA QUE VOS NO ESPERABAS!


Esta es la entrada al sitio del GCBA

OL 485

Inicia: 14-3-2007 Vence: 16-3-2007
n Preadjudicación
Expediente N° 41.121/06.Licitación Pública N° 1.078/06.Acta de Preadjudicación N° 6/07.Autorizante: Resolución N° 121-MPyOP/07.Rubro: "Ejecución del Proyecto de Detalle y Construcción de los Cruces Bajo Nivel de Olazábal, Superí y Monroe, con las vías del Ex FF.CC. Mitre, explotado actualmente por Trenes de Buenos Aires S.A.".Repartición destinataria: Dirección General de Obras Viales.Reunidos en comisión los que suscriben, en el lugar, fecha y hora indicados ut-supra, con el objeto de considerar las ofertas recibidas con motivo de la licitación de referencia, se ha propuesto preadjudicar a:Fontana Nicastro S.A. - Luciano S.A. (UTE)Monto total de la oferta de $ 49.097.499,92.Fundamento de preadjudicación:La oferta preadjudicada resulta conveniente conforme a los costos y objetivos de la presente licitación, según el informe técnico agregado al presente expediente.Vencimiento de la oferta: 26/4/07.

Aprobación: Correia - Gandulla - Ferrea

Nilda J. NápoliDirectora General Adjunta

Fuente: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/leg_tecnica/boletines/20070316.htm

El historial de la obra está aquí: http://www.buenosaires.gov.ar/buscador/?cs=iso-8859-1&gr=off&q=%22Expediente+N%B0+41.121%2F06.%22

Es increible cómo en menos de un mes resuelven todo sin un estudio de impacto, etc. Mmmmmm la respuesta está en el monto $18,000,000


Indignado,

Salvador

miércoles, 25 de julio de 2007

HOY PRESENTE EL RECURSO DE RECONSIDERACION

EN EL DIA DE LA FECHA HE PRESENTADO ANTE EL MINISTERIO DE PLANEAMIENTO Y OBRAS PUBLICAS UN RECURSO DE RECONSIDERACION ( LEGALMENTE HOY ERA EL ULTIMO DIA ) .LES AGRADEZCO A TODOS LOS VECINOS QUE HAN APORTADO INFORMACION .LA MISMA SE LA HE ENTREGADO A MI ABOGADO Y PREPARO EL ESCRITO QUE OPORTUNAMENTE PRESENTAMOS .ESTE RECURSO NO ES SUFICIENTE PARA PODER PARAR LA OBRA .SI, ES EL PASO LEGAL PARA PODER PRESENTAR A FINES DE LA SEMANA PROXIMA UN RECURSO DE AMPARO .SI EL RECURSO LO PRESENTO YO SOLO PARECERIA SER EL UNICO PERJUDICADO POR ESTA OBRA .LA SEMANA PASADA CUANDO ME PRESENTE EN LA DIR. GRAL . DE OBRAS PUBLICAS EL ING. CORREIA Y SU SECRETARIA ME DIJO QUE EL CGP HABIA ANUNCIADO LA OBRA A TRAVES DE UNA CARTELERA Y REUNIONES CON VECINOS ( FALSO).POR LO TANTO , EL DR. ALEJO BASUALDO MOINE ( MI LETRADO ) SUPONE QUE ELLOS ESTAN CUBIERTOS .
NO QUIERO PERDER LA OPORTUNIDAD QUE LA JUSTICIA ME BRINDA DE PRESENTAR ANTES DEL FIN DE SEMANA PROXIMO UN RECURSO DE AMPARO COLECTIVO .
CUANTOS MAS SOMOS MAS FUERZA HAREMOS .
EL TEXTO DE MI PRESENTACION ESTA A VUESTRA DISPOSICION . ( PUEDEN TAMBIEN ABRIRLO DESEDE ESTE BLOG ) .
EL SABADO AL MEDIODIA HAREMOS UNA REUNION EN LA CUADRA .
AL QUE QUIERA SUMARSE A UN AMPARO COLECTIVO ,PODEMOS HACER UNA REUNION PARA COMIENZO DE SEMANA PROXIMA EN EL ESTUDIO DEL DR. BASUALDO O EN CUALQUIER OTRO LADO . NO QUEDA MUCHO TIEMPO.CONVOQUEMOS A LOS MEDIOS . ESTO TIENE UN GRAN IMPACTO .SUMEMOS VECINOS .
ME GUSTARIA QUE VIERAN EL TEXTO Y PUEDAN APORTAR MAS INFORMACION .
DESDE YA MUCHAS GRACIAS .

JORGE O . TORRES

__________________________________________________________________

AQUI LES DEJO EL TEXTO, EL CUAL CONSTA DE 14 PAGINAS. COMO VERAN DEBAJO, HAY UN LINK PARA VER CADA PAGINA POR SEPARADO, O PARA AQUELLOS QUE LES SEA MAS COMODO, DEJO OTRO LINK EN EL CUAL PUEDEN DESCARGAR UN ARCHIVO ".ZIP", EL CUAL CONTIENE LAS 14 PAGINAS.
DESDE YA, CUALQUIERA SEA SU INQUIETUD NO DUDEN EN CONSULTAR.

pagina 1:
http://link.imgshare.us/7ojmRZ

pagina 2:
http://link.imgshare.us/7ojmlU

pagina 3:
http://link.imgshare.us/7ojmYd

pagina 4
http://link.imgshare.us/7ojmnH

pagina 5
http://link.imgshare.us/7ojn7T

pagina 6
http://link.imgshare.us/7ojnvV

pagina 7
http://link.imgshare.us/7ojnyv

pagina 8
http://link.imgshare.us/7ojnVy

pagina 9
http://link.imgshare.us/7ojnXZ

pagina 10
http://link.imgshare.us/7ojnjZ

pagina 11
http://link.imgshare.us/7ojnMF

pagina 12
http://link.imgshare.us/7ojnEn

pagina 13
http://link.imgshare.us/7ojnT7

pagina 14
http://link.imgshare.us/7ojnvm

Archivo .zip con las 14 paginas:
http://rapidshare.com/files/45083561/-Recurso_de_reconsideracion-j.zip.html

Reunión # 2 - Sábado 28 de Julio 11.30

Estimados Vecinos:

Quedamos en la vereda impar de Olazábal y Melián para reunirnos a las 11.30 y ver cómo podemos seguir actuando, discutir los pros/cons de un amparo y la posición a tomar en la soc. de fomento en la reunión del 31/7.

Les parece bien así?

Saludos

martes, 24 de julio de 2007

REUNIÓN CON SOCIEDAD DE FOMENTO DE BELGRANO R - MARTES 31 DE JULIO 19 HS

Estimad@s Vecin@s!
Una vecina se contactó con la Soc. Fomento de Belgrano R (SFBR) para manifestarles nuestra preocupación por las obras a realizarse en la cuadra. Ante su petición se nos invitó a concurrir a una reunión a realizarse en la casa del poeta el martes 31 de Julio, 19hs.
La dirección es:
Superí 1924 (esquina Sucre)
Tel: 4555-3096

En principio, el tema de la reunión es "la inseguridad" e irían unos "representantes" del barrio que vienen discutiendo este tema. Por nuestra parte, podemos concurrir para exponer este problema para el cual la sociedad de fomento nos abre sus puertas. Por muchos años, esta cuadra y aledañas han quedado fuera de los intereses de esta organización y es una buena oportunidad para reencontrarnos en este reclamo.

Les dejo aquí los datos de la SFBR:
http://www.sfbelgranor.org.ar/
Sede Superí 1924 (1430)
Teléfono +54 (11) 4555-3096
sfbelgranor@gmail.com

Si les parece, aquellos vecinos que así lo deseen podemos juntarnos el día Lunes en el Bar Vivaldi (Conde y Echeverría) para dialogar sobre nuestra postura en la reunión en horario a convenir.

Les envío mis saludos

Salvador
makedon@fibertel.com.ar

lunes, 23 de julio de 2007

Coordenadas de la vía

Si quieren ver las coordenadas en google earth, tan solo pongan:

eo:lat=-34.566244402537016 geo:lon=-58.468578457832336


y verán la cuadra. También pueden acceder al sitio del GCBA para ver una imagen satelital.


Saludos
Salvador

Ley 123 Impacto Ambiental

Estimados vecinos;
Vuelvo a la carga con nuevos hallazgos en donde otros vecinos como nosotros interrumpieron obras por motivos del impacto ambiental no tratado. Los reclamos se amparan en la ley 123, de la CABA.
Dejo los links para que los vean.

Ley 123 de la Ciudad A. De Buenos Aires
http://www.cedom.gov.ar/es/legislacion/normas/leyes/html/ley123.html

Una reforma a la misma:
http://www.eco2site.com/leyes/ref-123.asp

Casos de estudio:
http://www.holistica2000.com.ar/ecocolumna99.htm

http://www.eldial.com/suplementos/administrativo/doctrina/ad041008-d.asp

http://www.jusbaires.gov.ar/cmcaba/direccion_de_apoyo_operativo/biblioteca_y_jurisprudencia/area_jurisprudencia/ministerio_publico_fiscal/fiscalia_ante_la_camara_en_lo_contencioso_administrativo_y_tributario/dictamenes_fiscales/dictamenes_2005/septiembre/iii_rep_de_la_boca_c_gcba_s_amparo_e14568_d5292_ley_123_impacto_ambiental_viviendas_colectivas_procedimiento_d_1352_res_61_2005

Espero estos documentos nos sirvan para impulsar un recurso legal.


Saludos
Salvador

domingo, 22 de julio de 2007

Las obras les cambiarán la vida (GCBA) - Video 2 Inundación 26.2.2007

Estimad@s vecino@s!!
Les agrego un video casero y compaginado en donde se observa olazabal al 3400 (Ciudad de Buenos Aires), parte del pasillo peatonal de Superí y el puente de la misma calle....un elemento constante, agua, agua!!
Creo que este video (VER ABAJO) y otros tantos son evidencia suficiente para considerar una obra hidráulica que no afecte ambos lados de la vía.
1. Los pasos a nivel en Juramento y Pampa están listos para utilizarse y sus obras implican menores costos y tiempos de ejecución.
2. Los pasos a nivel mencionados son 2 y acelerarían la circulación vehicular en forma más ordenada evitando cuellos de botella y taponamientos, dado que el tránsito podría dirigirse en dos sentidos.
3. Una obra vial no puede per se garantizar que un problema hídrico se solucione en forma subsidiaria e indirecta. Por el contrario, de no realizarse los debidos estudios hídricos, no solo se inundará el área, sino que además se producirá el adicional problema vehicular.

¿Qué sugiere el GCBA respecto a los pasos bajo nivel? He aqui lo que dice su portal:

Cruces bajo nivel
La eliminación del Paso a Nivel en la ciudad, buscar evitar inconvenientes sobre el sistema de transporte, tanto ferroviario como vial y peatonal. Apunta a disminuir los accidentes entre vehículos y peatones; reducir tiempos y costos de viaje a los usuarios de la red vial y a los pasajeros del ferrocarril. A su vez, esta medida busca mejorar la capacidad vial por reducción de tiempos de espera y reducción de costos de mantenimiento y operación de las barreras, mitigación de contaminación ambiental (ruidos, gases, etc.) y eliminación de barreras arquitectónicas.

Objetivos básicos:
El objetivo principal de la obra es la mejora en el flujo vehicular, al disminuir los tiempos de recorrido, descongestionar arterias y mejorar las comunicaciones viales.

A su vez, la obra apunta a:

Disminuir el riesgo de accidentes.
Mejorar la calidad del aire, por aumento en la fluidez del tránsito y por disminución de emisiones vehiculares originadas en aceleraciones de arranque.
Mermar los ruidos producidos por aceleraciones de arranque y uso de bocinas, al disminuir interrupciones del tránsito.
Incrementar la oferta de espacios verdes en la zona de influencia debido al diseño de los empalmes de arterias.
Aumentar la seguridad a través de la reurbanización del área y del incremento de la iluminación. Disminuir posibles robos y hurtos en los períodos de detención de vehículos y peatones.
Incrementar el valor inmobiliario de las propiedades y el valor de suelo por la refuncionalización de la zona.
Disminuir los tiempos de circulación de personas y cargas
.


Fuente:http://www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/plan_estrategico/eje3/programa_a.php?menu_id=21095#g

Si leemos estas argumentaciones son poco consistentes
+ Las emisiones se producen, esté o no un auto en movimiento. Su nivel de toxicidad es el mismo. Lo que garantiza que no se "sientan" las emisiones es el espacio abierto, que permita el paso de corrientes de aire, hecho que en una ciudad como la nuestra es poco probable.
+ Las bocinas y los motores se quintuplica, sextuplica, septuplicarán de tener nuestra área con este aporte vehicular.
+ Reducción de costos de usuarios de red vial. FALSO!! Si un auto como el Peugeot 207 gasta en consumo urbano a razón de 7,3 litros de nafta cada 100 km(www.es.autoblog.com/2007/07/07/test-drive-peugeot-207-1-4-hdi-x-line-ii/), el tramo de 6 cuadras hasta los cruces propuestos sería de 0.044 lt./día en materia de combustible, y suponiendo que el litro de nafta super fuera de $2/lt. el conductor gastaría en los 365 días del año una tremenda suma de $31,94. Qué ahorro!!
+ Parques? Les posteo aqui una foto de dos palos borrachos que planté para que vean como quedaron después de una "poda".







Vivo aquí hace más de 22 años y otros vecinos muchos años más también. Lo único que queremos es que NUESTRO dinero se use CONSULTÁNDONOS y estableciendo prioridades razonables en cuanto a la ejecución y racionalidad de ciertas obras públicas.

Como siempre mis saludos a todos
Salvador
makedon@fibertel.com.ar

Pedido 22.7.2007

ESTIMADOS VECINOS , NECESITO ME ENVIEN O SE CONTACTEN CONMIGO , PARA APORTAR INFORMACION , YA SEA DENUNCIAS EN COMPAÑIAS DE SEGURO , REINTEGROS POR DAÑOS , FOTOS , ETC. ETC.
EL LUNES TENGO QUE ENVIAR A MI LETRADO TODA LA INFORMACION PARA PRESENTAR EL RECURSO DE RECONSIDERACION .


Jorge

Toma 1 Inundación 26.2.2007 Olazábal 3400 - Para los incrédulos!!

Estimados vecinos,

Este es uno de los primeros videos que posteo para que examinen con sus ojos y juzguen con su razón o con el corazón la intensidad del problema por el que atravesamos.
No es casual que la empresa y el GCBA no difundan estos videos! De ser así, estaríamos discutiendo de igual a igual sobre la necesidad de una obra vial.
Por favor, el martes firmemos el borrador del recurso de reconsideración,

Saludos
Salvador

sábado, 21 de julio de 2007

Olazabal 3400 Sin Agua



Vecinos


Esta es olazabal sin agua. Comparen la diferencia con otra entrada anterior.

Les recuerdo que las fotos de la inundación coinciden con la finalización de las obras hidráulicas que se ven en la foto (ver asfalto de color más clarito)

Fotos de la última "gran inundacion"








Me sentí muy conforme al ver nuevas y conocidas caras en la reunión relacionada con la nueva obra en la cuadra de Olazábal al 3400.
Agrego unas fotos para que vean lo que fue la última inundación del 26.2.2007. En dicha ocasión, la precipitación caída no fue tan importante, pero la cuadra se inundó más de 1.5 mts. Hubo otros problemas en Belgrano, especialmente en la Av. Crámer. Creo que ese día en la edición de Clarín se veían fotos de la inundación.

Adjunto algunas fotos que hablan por si mismas. Aclaro las obtuve una vez que las aguas estaban bajando. Observen la marca del agua en la pared del edificio abandonado, por favor.











Algunos links en Clarín:
Las ancianas del geriátrico muertas en 2001
La angustia y la inundación
Indemnizan a un vecino por daños en una inundación

Espero encontrar otras fotos e ir agregándolas. Si tienen material enviénselo al vecino Jorge para que lo publique aquí.
Saludos
Salvador